El Supremo rechaza la recusación de Varela planteada por Garzón

El instructor del incidente coincide con el juez en que este quería ayudar a Garzón al asesorar a Manos Limpias y Falange

JULIO M. LÁZARO El País07/05/2010

El magistrado del Tribunal Supremo Andrés Martínez Arrieta ha rechazado la recusación instada por el juez Baltasar Garzón contra el instructor Luciano Varela por haber asesorado a Manos Limpias y Falange Española de las JONS en sus escritos de acusación contra Garzón por investigar los crímenes del franquismo. Al rechazarse la recusación, la causa volverá a Varela, que puede dictar el auto de apertura del juicio oral que determinará la suspensión de funciones del magistrado de la Audiencia Nacional.

Martínez Arrieta, que ha resuelto el incidente de recusación en un tiempo récord, considera que las resoluciones dictadas por Varela “son adecuadas” a lo establecido en la ley procesal penal, por lo que “no pueden objetivizar la pérdida de imparcialidad que se denuncia”. Arrieta coincide con Varela en que al señalar a Falange y a Manos Limpias cómo debían presentar sus escritos, lo que Varela buscaba era “reforzar y actuar las garantías derivadas del principio acusatorio que ampara al imputado en el procedimiento penal”, es decir, ayudar a Garzón. Por tanto, no cabe “hablar de parcialidad del instructor”.

El instructor de la recusación se suma así al argumento del “reforzamiento de las garantías” de un imputado mediante la “subsanación” de sendos escritos de acusación en los que se pide para Garzón la pena máxima de 20 años de inhabilitación como juez. Ese mismo argumento fue el que centró los respectivos informes tanto del recusado Luciano Varela como el de Falange Española de las JONS, que pese a haber sido expulsada del procedimiento sigue interviniendo en el mismo.

Según Martínez Arrieta, las dos resoluciones dictadas por Varela, rectificando los errores de Falange y Manos Limpias, fueron “adecuadas” a lo establecido en la ley procesal penal, por lo que “no pueden objetivizar la pérdida de imparcialidad que se denuncia”. Por tanto, no cabe “hablar de parcialidad del instructor” Luciano Varela.

En su auto de inadmisión, Martínez Arrieta sigue el informe realizado por el propio Varela y señala que la “subsanación, y por lo tanto la concesión de un plazo, es una consecuencia de una interpretación constitucional del proceso penal”.

Dicha interpretación, que se hizo en un proceso laboral en el que un juez dio un plazo a las partes para subsanar los defectos de una demanda laboral, es aplicada por Martínez Arrieta al proceso penal como “una auténtica obligación del órgano judicial”, de modo que “el juzgador debe advertir a la parte actora la existencia de defectos en la demanda y concederle un plazo de subsanación”.

En definitiva, para el instructor de la recusación, las rectificaciones de Varela a los escritos de Falange y Manos Limpias “no son más que la manifestación del deber que la ley procesal impone al juez de instrucción”, y que sea realizado por el instructor o por la parte “no objetiviza la pérdida de imparcialidad que se denuncia”.

Al tratarse de una inadmisión a trámite de la recusación, Martínez Arrieta ha decidido hacer una excepción y no imponer las costas del incidente a Garzón. La causa ha sido devuelta ya a Varela, cuyo sustituto, Julián Sánchez Melgar, ha estado un solo día al frente de la instrucción.

Aunque la Sala de lo Penal del Supremo tiene aún que pronunciarse sobre la nulidad de actuaciones instada por el defensor de Garzón, Gonzalo Martínez-Fresneda, dicho pronunciamiento no suspende la causa principal, por lo que Varela ya tiene las manos libres para sentar a Garzón en el banquillo. Además, el tenor de la resolución de Martínez Arrieta, dejando a salvo la “imparcialidad” de Varela y la adecuación de sus resoluciones a la legalidad, marca el camino a la Sala sobre la nulidad de actuaciones.

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Consulta íntegro el auto que rechaza la recusación de Varela

El fiscal es contrario a la recusación del juez Varela

J. M. LÁZARO – El País – 04/05/2010

El Ministerio Fiscal presentó ayer su informe sobre la recusación del juez instructor del Tribunal Supremo Luciano Varela por tener “interés indirecto” en la causa abierta al juez Baltasar Garzón. El fiscal entiende que no cabe la recusación de un juez instructor por esa causa específica. Elude pronunciarse sobre la “imparcialidad” demostrada por Varela en este proceso y reconduce la cuestión a explicar que, en realidad, algunos de los actos de investigación practicados por todo instructor “necesariamente habrán de ser desfavorables al imputado”, por lo que nunca cabe apreciar un “interés directo o indirecto” en el pleito.

El juez Baltasar Garzón, encausado por Varela por haber intentado investigar los crímenes del franquismo, recusó a este por haber asesorado a las acusaciones de Manos Limpias y Falange Española de las JONS sobre la forma en que debían presentar sus escritos de acusación. En concreto, indicó a Falange que debía retirar de su escrito las menciones “ideológicas” a Garzón y pidió a Manos Limpias que retirase las dos terceras partes del suyo.

“Toma de partido”

Según el fiscal, un auto de prisión, una intervención telefónica o una orden de entrada y registro, en tanto pueden repercutir negativamente en la situación procesal del investigado, supondrían automáticamente la pérdida de la necesaria “imparcialidad” del instructor. Por tanto, la labor del instructor implica de alguna manera “una toma de partido”, pero “procesalmente admisible” según el fiscal.

El representante del ministerio público explica que la “abstención” y la “recusación” de un juez son algunas de las vías para garantizar el derecho a un “juez imparcial”, pero en modo alguno son las únicas. El fiscal se refiere a que, dentro del derecho constitucional a un proceso con todas las garantías, se puede hacer valer el derecho al juez imparcial a través del cauce de la “nulidad de actuaciones”. Y esa es la vía para mostrar la oposición a las decisiones del instructor y no la de la recusación, que considera “absolutamente inviable”.

Precisamente, la nulidad de los escritos de Manos Limpias y de Falange fue el cauce utilizado en primer lugar por el abogado defensor de Garzón, Gonzalo Martínez-Fresneda. De hecho, el fiscal tiene que pronunciarse sobre la “nulidad” de los escritos de las acusaciones.

Varela admite a trámite la recusación presentada por Garzón y se aparta del caso

El Supremo designará un magistrado para proseguir la causa y otro para estudiar las alegaciones del juez.- Garzón pide ahora que se expulse del proceso a Manos Limpias, lo que acabaría con la causa

El País28/04/2010

Luciano Varela, el juez del Tribunal Supremo que instruye la causa contra el magistrado de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por investigar los crímenes del franquismo, ha admitido a trámite la recusación que el magistrado presentó contra él por lo que, de momento, deberá inhibirse del caso.

Además, Garzón ha pedido que se expulse del proceso a Manos Limpias por haber presentado dos escritos de acusación corregidos y con defectos de forma. Si la defensa del juez de la Audiencia Nacional logra este último objetivo, la causa se quedará sin acusación y, por tanto, el proceso por haber investigado los crímenes del franquismo será directamente archivada.

En el caso de la recusación, la Sala de lo Penal del alto tribunal designará ahora un magistrado para continuar con la instrucción de la causa contra Garzón y otro para que estudie la recusación en sí. La base de esta, presentada el día 24, es el hecho de que Varela orientase a las dos acusaciones populares, Falange Española de las Jons y el pseudosindicato ultraderechista Manos Limpias, sobre la forma de presentar sus escritos de acusación contra el magistrado.

Los escritos, según el propio instructor, no se ceñían a los hechos e incurrían en valoraciones sobre circunstancias ajenas al proceso, por lo que les daba indicaciones y un plazo para acomodarlas a la legalidad.

Si el magistrado del Supremo no hubiera orientado a Manos Limpias y Falange, Garzón habría tenido la ventaja de afrontar dos escritos de acusación defectuosos, según el recurso. “Hasta tal punto son tenidos por inválidos que ambas acusaciones han sido requeridas, para salvar el trámite, a presentarlos de nuevo”, lo que cambia el escenario en perjuicio de Garzón “de forma grave e injustificada”.

Falange, finalmente, fue expulsada de la causa por errores de forma, decisión que ya ha sido recurrida.

En ocasiones anteriores, escritos con defectos similares originaron la expulsión irrevocable del procedimiento, como ocurrió con el PP en el caso Filesa.

Una vez formulada la recusación, se da traslado a las partes (en este caso, Manos Limpias) para que “en el plazo común de tres días” manifiesten si se adhieren o se oponen. En el siguiente día hábil, se debe pronunciar el juez recusado.

Una vez concluye ese primer plazo de tres días, se traslada inmediatamente (en la misma jornada o la siguiente hábil) al juez sustituto, que será designado entre los de la misma Sala según un turno establecido en función de la antigüedad. Si el magistrado designado tramita la recusación, el caso se trasladará a la Sala y se abrirá un plazo de diez días para practicar las pruebas pertinentes.

Luego, se trasladarán las actuaciones al Ministerio Fiscal, que tendrá tres días para emitir su resolución. Tanto si lo hace como si no, el incidente lo resolverá en los cinco días siguientes la Sala, sin que quepa recurso.

Freno a la suspensión del juez

La decisión de Varela deja en suspenso la suspensión de funciones a la que se enfrentaba Garzón en caso de que finalmente se le abriera juicio oral.

El presidente del Poder Judicial, Carlos Dívar, retrasó la semana pasada un viaje a Montevídeo para poder estar presente en caso de convocar dicho pleno extraordinario, y asegurar así el quorum necesario. Deben estar presentes al menos 14 de los 21 vocales; al viaje a Montevídeo tenían previsto acudir también el vicepresidente, Fernando de Rosa (que se ha apartado voluntariamente del asunto) y los vocales Antonio Dorado y Miguel Carmona.

Además, Margarita Robles también se ha apartado voluntariamente, y José Manuel Benitez lo hará previsiblemente. Queda por discutir la recusación planteada por Garzón contra Gemma Gallego por “enemistad manifiesta”.

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Varela retrasa su decisión sobre la recusación de Garzón

El juez de la Audiencia le achaca “tener interés en la causa” y parcialidad

JOSÉ YOLDI El País27/04/2010

El juez del Tribunal Supremo Luciano Varela aplazó este martes pronunciarse sobre la recusación que Baltasar Garzón presentó en su contra el pasado viernes. El juez de la Audiencia Nacional achaca a Varela “tener interés directo o indirecto en el pleito” que instruye contra él por investigar los crímenes del franquismo.

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Varela decide hoy si rechaza o admite a trámite la recusación de Garzón

El magistrado del Supremo ha sido acusado de “tener interés en la causa”

J. YOLDI El País27/04/2010

El magistrado del Tribunal Supremo Luciano Varela decidirá hoy previsiblemente si admite a trámite o rechaza de plano la recusación que Baltasar Garzón presentó en su contra el pasado viernes. El juez de la Audiencia Nacional considera que Varela tiene “interés en el caso” que instruye contra él por investigar los crímenes del franquismo.

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El procedimiento en democracia