Los actos falangistas también incumplen la ley de partidos

La norma impide desde 2002 “homenajear” a los que cometen actos violentos. TVE estudia la continuidad del comentarista Petón

Asistentes al homenaje a la División Azul, celebrado el miércoles en el cementerio de la Almudena. – Reyes Sedano

D. BARCALA / R. VAREA – Público – 12/02/2010

El canto público del Cara al Sol con el saludo fascista, organizado el pasado miércoles por la Hermandad de la División Azul en el cementerio de la Almudena (Madrid), ha provocado un debate político y judicial sobre la legalidad de conmemorar mitos franquistas. Expertos juristas señalan que la ley de partidos podría ser aplicada también para impedir estos actos de exaltación, por tratarse de un delito de apología de la violencia.

La Delegación del Gobierno en Madrid no impidió el acto del miércoles. Tampoco impedirá otro similar que grupos neonazis han convocado para mañana en el mismo recinto. Fuentes de esta institución señalan que el emplazamiento del acto, el cementerio municipal, impide que se tenga que valorar si existe o no el “derecho a manifestación”. La Federación de Asociaciones de Vecinos de Madrid había pedido su prohibición.

La Hermandad de la División Azul convocó el homenaje a los falangistas junto al panteón que este colectivo tiene desde 1991. Las viudas, familiares y simpatizantes de los falangistas conmemoraron el 67 aniversario de la batalla de Krasni Bor, donde miles de españoles murieron en el frente junto a Leningrado.

La ley de partidos aprobada en 2002 señala que un partido “debe ser declarado ilegal” cuando vulnere en sus actuaciones “los principios democráticos”. En concreto, uno de sus artículos obliga a revisar la “trayectoria del partido” y de sus miembros, sus manifestaciones y convocatorias.

“No se tiene en cuenta esta ley ni la Decisión Marco de la UE de 2002” que impide la “banalización de los crímenes” de las dictaduras, señala el profesor de Derecho Penal Internacional de la Universidad de Castilla-La Mancha, Miguel Ángel Rodríguez. Este especialista reclama que se revise la ley de Fundaciones “para impedir las actividades de este tipo de organizaciones”.

El principio que inspira las leyes que ilegalizan los actos y partidos fascistas se inspiran en la protección de los derechos de las víctimas. El presidente de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica, Emilio Silva, cree que en el caso de “ilegalizaciones de otros partidos sí se ha tenido en cuenta el delito de apología de la violencia”.

Sin embargo, el portavoz de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria, Marcelino Sexmero, cree que estos actos no pueden ser ilegalizados mientras “no sean violentos ni haya consignas contra el Gobierno”. Sexmero añade que la ley de la memoria especifica tan solo la prohibición de estas conmemoraciones de exaltación franquista si se celebran “en el Valle de los Caídos”.

Mientras, la Directora General de la Memoria Democrática de la Generalitat de Catalunya, María Jesús Bono, lamentó que la Policía Nacional no disolviese el canto del Cara al sol en la Almudena por parte de un centenar de simpatizantes al ser un “acto claro de apología del fascismo”. Su homólogo en Andalucía, Juan Gallo, añade que “este tipo de situaciones no suceden en países más sensibles, como Alemania, donde al que levanta el brazo se le encierra”.

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