‘Caso Garzón’: las críticas no son excesivas

JOSÉ JIMÉNEZ VILLAREJO El País – 29/04/2010

El acoso judicial a Baltasar Garzón -creo sinceramente que así puede ser definido lo que está sucediendo a este magistrado- ha suscitado, dentro y fuera de nuestra sociedad, perplejidad primero e indignación después. Uno y otro sentimiento se han manifestado en diversos ámbitos y su expresión alcanzó quizá singular resonancia en el acto celebrado el pasado día 13 en la Universidad Complutense. Lo que allí se dijo -y lo que no se dijo pero ha sido imaginado por algunos- ha provocado una avalancha de reacciones contrarias. Algunas de ellas se han situado en el campo del insulto soez o de la amenaza apenas velada, pues se ha llegado a insinuar que los nuevos cachorros del franquismo pueden volver a las andadas de sus mayores. Otras han optado por la descalificación política del acto considerándolo antidemocrático y constitutivo de un ataque a la independencia judicial y a la Constitución, y otras, confundiéndose a veces con las anteriores, han insistido sobre todo en lo que estiman un exceso intolerable en el ejercicio de la libertad de expresión.

Sólo quiero comentar en este momento la tercera de las citadas reacciones. Prescindo de la primera por obvias y elementales razones de buen gusto y de la segunda porque estoy seguro de que una somera reflexión sobre la democracia y una relectura de la Constitución bastarán para que quienes han reaccionado de este modo caigan en la cuenta de su error. Sí me parece necesario, en cambio, prestar atención a la afirmación de que las críticas a la actuación de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en el caso Garzón, vertidas en el acto mencionado, excedieron los límites que a la libertad de expresión impone el respeto debido a la Sala.

Para responder adecuadamente a tal afirmación se debe partir de estas consideraciones básicas:

1. Todos los órganos del poder judicial, como los de los otros poderes del Estado, están sometidos a la crítica de la opinión pública, que puede proyectarse tanto sobre el contenido de las resoluciones judiciales como sobre las repercusiones sociales que de ellas puedan derivarse.

2. El ejercicio de dicha crítica, que sólo supone un control difuso, no atenta en una sociedad democrática contra la independencia judicial, que únicamente pueda verse eventualmente amenazada por los otros poderes, por el órgano de gobierno del propio poder judicial y por los juzgados y tribunales superiores en el orden jerárquico judicial.

3. Las críticas no tienen forzosamente que retroceder ante el uso de expresiones que puedan resultar molestas e incluso hirientes para los jueces criticados, siempre que no tengan un significado objetivamente calumnioso o injurioso.

4. No hay razón alguna para exigir que el ejercicio del derecho de crítica se demore hasta que el proceso alcance una determinada altura, como parece insinuarse cuando se repite el tópico de que “hay que dejar trabajar a lo jueces”. En el curso del proceso pueden recaer resoluciones trascendentes, que afecten gravemente los derechos de las personas y que sean cuestionables, como ocurre, por ejemplo, con el auto por el quese admite una querella o en que se imputa formalmente a un querellado.

En relación con esta última consideración, debe recordarse que los jueces y tribunales, antes de admitir una querella y, con mayor razón, antes de imputar a una persona el delito del que se le acusa, tienen que realizar un provisional pero riguroso juicio de tipicidad, es decir, de incardinación del hecho objeto de acusación en un tipo de la ley penal.

El rigor de este juicio -que no se refleja en frases como “no es descartable” o “no es absurda la hipótesis”- es especialmente exigible cuando quien postula la acusación no es el Ministerio Fiscal, que “tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley -artículo 124.1 CE-, sino ciudadanos o personas jurídicas de las que cabe sospechar fundadamente que no persiguen la satisfacción del interés público tutelado por la ley, sino intereses privados que nada tienen que ver con aquél.

Hay serios motivos para pensar que ese juicio de tipicidad ha estado ausente en las resoluciones que viene dictando la Sala Segunda del Tribunal Supremo en la causa seguida a Baltasar Garzón, por haber iniciado actuaciones para la investigación de los crímenes del franquismo -prescindo momentáneamente de las otras dos causas que se instruyen al mismo magistrado- a instancia de asociaciones tan suspectas de intereses espurios como Manos Limpias, Libertad e Identidad y Falange Española de las JONS. Y en contra, por cierto, del imparcial criterio del Ministerio Fiscal.

De no ser por dicha ausencia, es muy difícil explicarse que se esté imputando a Baltasar Garzón un delito de prevaricación cuyo tipo consiste -artículo 446 CP- en dictar a sabiendas una resolución injusta, esto es, una resolución ajena a toda opción jurídicamente defendible, a toda interpretación razonable de la norma o normas que se aplican, según enseña una constante doctrina jurisprudencial.

Es indudablemente legítimo que la Sala Segunda del Tribunal Supremo no esté de acuerdo con los argumentos en que fundó su decisión Baltasar Garzón.

Tampoco lo estuvo la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional cuando la revocó, aunque con el voto discrepante de tres de sus magistrados, al estimar el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal contra el último auto del juez. La Sala puede estimar, por ejemplo, que un juez de la Audiencia Nacional carece de competencia para investigar los crímenes del franquismo, que los mismos han prescrito, que la Ley de Amnistía 46/1977 es un obstáculo insalvable para su persecución o que la Ley 52/2007 llamada de la Memoria Histórica impide a la autoridad judicial investigar hechos que han sido situados en el ámbito administrativo.

Pero esta diferencia de criterios, que bastaría ciertamente para privar de validez jurídica a la resolución del juez si estuviese sometida al control del tribunal en el contexto de un recurso, no es suficiente para tacharla de injusta y prevaricadora.

Porque los razonamientos de Baltasar Garzón no son en absoluto irracionales y las conclusiones que de ellos extrae no son en modo alguno arbitrarias.

A lo que es preciso añadir que la posibilidad de que la interpretación de las normas realizada por un tribunal superior convierta en delictiva la contraria del inferior constituye -esto sí- un gravísimo riesgo para la independencia judicial.

Siendo así, a nadie debe extrañar que la discutible actuación de la Sala Segunda haya suscitado tantas críticas y que algunas hayan alcanzado una considerable dureza aunque ello no implica un exceso reprochable ni, como se ha dicho, intolerable.

No cabe olvidar el abono que suministran a la crítica previsibles y lacerantes consecuencias de aquella actuación, como la frustración de las asociaciones de la Memoria Histórica, el apartamiento de sus funciones de Baltasar Garzón y el increíble espectáculo de un juicio oral en que un partido político, heredero directo del que proporcionó su ideario fascista a la dictadura, acuse, como prevaricador, al juez que pretendió precisamente investigar sus crímenes.

José Jiménez Villarejo es ex presidente de las Salas Segunda y Quinta del Tribunal Supremo.

* * * * * * *

Vergara – Público – 27/04/2010

El relato corto se hace grande

Recopilaciones, nuevos galardones y la consagración de editoriales especializadas certifican la buena salud del cuento – El género halla su público también en la Red

JAVIER RODRÍGUEZ MARCOS El País29/04/2010

“Los libros de cuentos han dejado de ser una engorrosa cláusula en el contrato de un escritor. Tampoco son ya el trampolín hacia la novela para los narradores debutantes o el descanso entre novelas para los consagrados”. Lo dice Juan Casamayor, que hace 10 años fundó Páginas de Espuma, una editorial que se enfrentó a uno de los grandes clichés de la edición española: “El cuento no vende”.

“Pasé los primeros años escuchando esa frase por duplicado, sí: no vende, no vende…”, recuerda Casamayor, que una década después tiene un catálogo de 170 títulos en papel -con autores como José María Merino, Medardo Fraile o Ana María Shua-, 40 en formato eléctrónico y casas en Argentina y México. Su best seller, dice, es Ajuar funerario, de Fernando Iwasaki, con 54.000 ejemplares vendidos. En 2002, además, se atrevió con Pequeñas resistencias, un imprescindible panorama del cuento en lengua española en cuatro tomos coordinados por Andrés Neuman, que en octubre publicará una nueva entrega consagrada a España.

El escritor Eloy Tizón, que el próximo día 12 dictará en la Biblioteca Nacional la conferencia El renacer de la cuentística, considera clave la aparición de editoriales especializadas para la consolidación definitiva de un género que nunca contó en España con el predicamento que siempre tuvo en Latinoamérica y, sobre todo, en Estados Unidos. Allí una red de revistas pagaba tradicionalmente a los escritores por publicar sus relatos. Basta leer las memorias de Ernest Hemingway, un maestro de la distancia corta, para certificar que en algunos países se podía vivir del cuento.

Junto a Páginas de Espuma, Tizón cita a la palentina Menoscuarto, fundada en 2004 y con 75 títulos en un catálogo en el que conviven los relatos completos de Miguel Delibes, Carmen Laforet o Esther Tusquets con libros nuevos de Gonzalo Calcedo y Manuel Moyano. En Menoscuarto acaba de aparecer Siglo XXI. Los nuevos nombres del cuento español actual, una antología firmada por Gemma Pellicer y Fernando Valls. Profesor de la Universidad de Barcelona, Valls es el gran crítico del género en España. De hecho, Siglo XXI se suma a otras dos selecciones suyas que hicieron época: Son cuentos (Espasa, 1993) y Los cuentos que cuentan (Anagrama, 1993). Si la primera subrayó la labor breve de Juan José Millás, Soledad Puértolas, Javier Marías o Antonio Muñoz Molina, la segunda hizo lo propio con Javier Cercas, Mercedes Abad, Juan Bonilla o Fernando Aramburu.

Para Valls, su nueva antología certifica un hecho insólito hasta ahora: “La continuidad desde los años setenta de un género que en el panorama español ha sido guadianesco”. Ello pese a la calidad de figuras como Ignacio Aldecoa, Juan Eduardo Zúñiga o Medardo Fraile. Para Eloy Tizón, por su parte, la gran muestra de la vitalidad del género es, en lo literario, el hecho de que estos dos últimos sigan activos a la vez que los 35 nuevos autores antologados por Valls: de Carlos Castán, de 47 años, a Matías Candeira, de 26, pasando por Hipólito G. Navarro, Pilar Adón, Ricardo Menéndez Salmón o Elvira Navarro.

“Están a la altura de los autores latinoamericanos de cuentos de su generación. Eso es algo que podemos decir pocas veces”, afirma Fernando Valls de unos autores cuya “melodía de época”, dentro de una gran variedad de temas, sería su pertenencia a “la tradición del realismo” y una “asimilación no mimética de las vanguardias”. Más que boom del cuento, apunta Casamayor, lo que hay es “un crecimiento sostenido”. Un crecimiento al que han contribuido tanto las ediciones de cuentos completos de grandes clásicos por parte de Alfaguara, Lumen, Anagrama o Alba como los minilibros con uno o dos textos lanzados por Alfabia, Gadir o Alpha Decay.

En los alrededores de la literatura, Valls destaca además tres elementos que han impulsado la vitalidad y dignificación del cuento: 1) Muchos autores han pasado por talleres literarios y ahora ejercen como profesores. 2) Hay al menos tres premios de altura dedicados a los libros de cuentos: el NH, el Ribera del Duero y el Setenil. La primera edición de este último recayó en Los girasoles ciegos (Anagrama), de Alberto Méndez. Y 3) Internet.

Javier Sáez de Ibarra, antologado por Valls y ganador del Ribera del Duero con Mirar al agua (Páginas de Espuma) descata la importancia de la Red como refugio crítico y creativo de un género tradicionalmente “desatendido” por los medios tradicionales. Bitácoras como El síndrome Chéjov, La luz tenue, Vivir del cuento o la del propio Fernando Valls –La nave de los locos– son para el escritor referencias tanto en la información como en la creación: “Uno puede colgar un relato y recibir al instante el eco de los lectores. Tal vez la pega es la ansiedad por renovar los contenidos”.

Sáez de Ibarra, que ha publicado tres libros de cuentos, pertenece al club de los fieles al género. Lo mismo que Berta Marsé, autora de En jaque y Fantasías animadas (en Anagrama) y también presente en Siglo XXI. ¿Para cuándo una novela? Ésa es la pregunta a la que los dos se enfrentan recurrentemente. “¡Bastante complicado es escribir un relato!”, responde Marsé. “El cuento no es el hermano menor ni el primo ni el cuñado de la novela”.

* * * * * *

Tres pistas

Siglo XXI. Los nuevos nombres del cuento español actual. Antología preparada por Gemma Pellicer y Fernando Valls y publicada por Menoscuarto, la editorial palentina especializada en el relato que ha publicado la ficción breve de autores como Miguel Delibes o Carmen Laforet.

Pequeñas resistencias. Un panorama del género en español a través de cuatro volúmenes editados por Páginas de Espuma y coordinados por Andrés Neuman desde 2002. En octubre se publicará una nueva selección española.

El síndrome Chéjov. Bitácora especializada en el cuento del escritor Miguel Ángel Muñoz. Un referente junto a La nave de los locos, blog del crítico Fernando Valls.

Vendedores de biblias contra Hitler

Magdalena Reuter, una testigo de Jehová alemana, cuenta su paso por los campos de concentración en el II Encuentro Internacional de Centros de Memoria Histórica

TEREIXA CONSTENLA El País28/04/2010

Magdalena Reuter, superviviente del campo de concentración de Ravensbrück- DAVID ARRANZ

La alemana Magdalena Reuter no guarda rencor por los años que pasó en el campo de concentración de Ravensbrück. Salta a la vista en su discurso, optimista y casi naïf. Pero hay un hecho biográfico que apuntala su falta de resentimiento con contundencia: se casó con un antiguo soldado alemán que vigiló el gueto de Varsovia. El encuentro entre ambos fue posible gracias a su activismo religioso como testigos de Jehová. “Nos contábamos experiencias”, recordó hoy ella en Salamanca, poco antes de la clausura del II Encuentro Internacional de Centros de Memoria Histórica.

La religión fue la causa de la caída en desgracia de la familia de Magdalena (los Kusserow tenían 11 hijos) y también fue su tabla de salvación. “De alguna manera mi padre nos preparó para lo que ocurriría, avisando de que venían tiempos difíciles”, recordó. Su padre, un antiguo oficial alemán que había combatido en la I Guerra Mundial, fue encarcelado por vez primera en 1936. Los testigos de Jehová no eran del agrado del Führer. En sus revistas habían criticado la deriva totalitaria y lunática del dirigente. Quería ser Dios. Una afrenta para los creyentes. “Heil quiere decir también salvación y eso no puede venir de un hombre, y menos de Hitler”, explicó Reuter.

Así que Magdalena y sus hermanos sufrieron el escarnio de sus compañeros de escuela y los golpes del maestro por negarse a participar en la ceremonia en la que ensalzaban a Hitler. Tres de sus hermanos fueron encerrados en reformatorios durante siete años. Sólo en 1945 pudieron reencontrarse con los demás. Wilhem, otro de los Kusserow, fue fusilado en 1940 por negarse a ir a la guerra. “Cada día le visitaban oficiales para hacerle desistir pero él estaba decidido”.

Magdalena, nacida en 1924, fue arrestada a los 16 años por primera vez y enviada a un campo de concentración en cuanto cumplió los 18. Llegó a Ravensbrück en febrero de 1942. En el patio aún había un gran árbol de Navidad y, bajo las ramas, se esparcían cadáveres de judíos.

Durante tres años, en los que se reencontró con su madre, vivió en el barracón de los testigos de Jehová, lo que le proporcionó una red afectiva que le ayudó a sobrellevar la infamia del encierro. También se envalentonaban: se negaron a trabajar en la fábrica de armamento de Siemens y a coser bolsas para los soldados. El propio Himmler las golpeó y ordenó que las castigasen durante días por su boicot a la guerra. Irónicamente, cuando abandonaron el campo en los últimos días del conflicto, caminaron hasta una finca del propio Himmler, donde un empleado las cuidó. En septiembre de 1945 regresó a su casa. Su padre reunió a la familia, citó al maestro del pueblo para afearle la conducta y pasaron página.

Ella fue una de los 4.200 prisioneros que llevaron cosido en el uniforme un triángulo violeta, que identificaba a los testigos de Jehová en los campos. Se calcula que murieron 1.490, entre ellos 253 sentenciados a muerte. Tras los judíos, fue el segundo colectivo religioso más perseguido por el régimen nazi. Una unidad especial de la Gestapo había comenzado a registrarlos desde 1936. Su resistencia, pacífica, y sus denuncias -en 1938 editaron un libro donde se recogía el plano de un campo de concentración- les convirtieron en un grupo detestable para el nacionalsocialismo. Una parte de los alemanes contrario a Hitler salió de las filas de “bibelforscher” (vendedores de biblias) como los Kusserow.

Varela obliga al Supremo a decidir si puede seguir la causa contra Garzón

El magistrado se aparta del caso mientras se resuelve la recusación contra él

JULIO M. LÁZARO El País29/04/2010

El juez del Tribunal Supremo Luciano Varela decidió ayer tramitar la recusación instada contra él por el juez Baltasar Garzón por “tener interés directo” en la causa que sigue el Tribunal Supremo contra el juez de la Audiencia Nacional por su investigación del franquismo. La decisión supone que Varela no acepta la recusación y ha puesto en marcha el mecanismo para que sea el Pleno de la Sala Penal la que decida si debe apartarse o no del conocimiento de la causa. La situación implica que de momento se retrasa el auto de apertura de juicio oral y la consiguiente suspensión de funciones de Garzón.

Varela ordenó a la Secretaría de Causas Especiales del Supremo que no entregase la providencia de admisión a la prensa, y tampoco dio traslado de su resolución a la defensa de Garzón. A media tarde de ayer, el abogado de Garzón, Gonzalo Martínez-Fresneda, se quejó de no haber recibido “ninguna notificación de ninguna resolución supuestamente recaída sobre dicha recusación”. En cambio, el Supremo sí dio traslado de la providencia del juez Varela a Manos Limpias y Libertad e Identidad. No es la primera vez que la defensa de Garzón se queja de no tener acceso a las resoluciones dictadas por el instructor.

El pasado sábado, Garzón recusó a Varela a través de su abogado, Gonzalo Martínez-Fresneda. El defensor del juez mostró su satisfacción por la expulsión de Falange del procedimiento, pero aseguró que la aceptación de un segundo escrito de acusación de Manos Limpias, siguiendo las directrices de Varela, vulneraba el derecho de defensa del juez imputado.

Según el escrito de recusación, Varela “mostró su interés en que las partes acusadoras mejoraran su escrito de acusación”. Con esa decisión, el instructor del Tribunal Supremo “ha tomado partido a favor de uno de los contendientes en el pleito, por lo que ha de ser recusado”.

Fuentes del Supremo dijeron ayer no recordar que haya prosperado nunca la recusación de un magistrado de la Sala Penal. La decisión sobre si Varela debe ser apartado de la instrucción corresponde al Pleno de la Sala Penal, excluidos los magistrados que formaron la Sala de admisión de la querella contra Garzón.

Paralelamente a la recusación de Varela, la Sala Penal, integrada por el presidente y los cuatro magistrados que admitieron a trámite la querella de Manos Limpias, tendrá que decidir sobre la nulidad de actuaciones planteada por Garzón por el asesoramiento de Varela a Manos Limpias y Falange sobre cómo presentar sus escritos de acusación. Aunque la recusación es previsible que no prospere, si el Supremo aprecia la nulidad en el escrito de Manos Limpias por defectos formales la acusación tendría que ser archivada y Garzón se libraría del banquillo.

* * * * *

* * * * * *

Vergara Público – 29/04/2010

Vergara Público – 24/04/2010

La Corte de Chile rechaza investigar el asesinato de Carmelo Soria

La familía del diplomático fallecido durante la dictadura de Pinochet lleva más de treinta años de juicios para que se condene a los culpables

El País28/04/2010

El diplomático español Carmelo Soria fue asesinado en 1976, durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990). Un caso que seguirá cerrado más de 30 años después, ya que la Corte Suprema de Chile rechazó el miércoles reabrir la investigación por el secuestro y asesinato del diplomático para indagar supuestos nuevos antecedentes, tal y como pedían abogados del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y de la acusación particular, encabezada por Carmen Soria, hija de la víctima. El máximo tribunal del país confirmó así la resolución del juez Héctor Carreño del pasado 29 de marzo, tal y como informaron fuentes judiciales.

En el fallo se explica que la petición de la parte querellante, que pretendía entrevistar a varios agentes del gobierno militar, no se especifica de forma adecuada. “Las diligencias carecen de precisión y detalle, desconociéndose su necesidad y los objetivos que se persiguen con ellas, de tal forma que resultan absolutamente genéricas”, sostiene el documento. Una decisión que no debió sorprender a Carmen Soria, quien ya anunció a finales de marzo que recurrirá ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos la negativa de la Justicia chilena de investigar la muerte de su padre, tal y como ha hecho en las sucesivas demandas que han sido desestimadas.

Más de un intento fallido

Soria fue secuestrado el 14 de julio de 1976 y su cadáver, con huellas de tortura, fue encontrado dos días después en un canal de Santiago. Según consta en el proceso, el asesinato fue cometido por la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) chilena, la policía secreta del dictador Augusto Pinochet, pero ninguna persona ha sido condenada por él.

Casado con una hija del escritor chileno José Santos González-Vera, era funcionario de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), organización de las Naciones Unidas con sede en Santiago. La ONU pidió entonces que se abriera una investigación sobre el crimen, pero en 1979 la Justicia del régimen sobreseyó el caso.

Al acabar la dictadura, el proceso fue reabierto en 1991, pero se archivó en 1996 al considerar que los presuntos delitos estaban dentro de la Ley de Amnistía de 1978.

El caso volvió nuevamente a los tribunales en octubre de 2003, en el marco de una querella presentada por la familia Soria contra Augusto Pinochet, de la que el Estado chileno se hizo parte, pero en agosto de 2004 el alto tribunal rechazó una vez más la reapertura. El último intento por castigar a los culpables tuvo lugar en 2009, que fue desestimado por el juez Carreño.

* * * * * *

Caamaño abre la puerta a cambiar la Ley de Memoria

F. G. El País29/04/2010

El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, abrió ayer la puerta a futuras modificaciones de la llamada Ley de Memoria Histórica. En respuesta a una interpelación del diputado de ICV, Joan Herrera, Caamaño aseguró que el Gobierno está “abierto al diálogo, a revisar lo que haya que revisar, continuamente. Siempre estamos dispuestos a reformar y a mejorar las leyes o cualquier otra política pública desde la responsabilidad y siempre estamos dispuestos a buscar soluciones y a combatir y suprimir situaciones de discriminación o de injusticia”.

El ministro no explicó en qué dirección va ese cambio, pero Justicia ha hecho llegar que estaría dispuesto a estudiar cambiar el artículo 11 que habla de las fosas comunes, para facilitar las exhumaciones, una vez comprobado que algunas comunidades autónomas gobernadas por el PP no lo facilitan.

Herrera, de hecho, incidió en esta idea, denunciando el “vía crucis judicial” al que se ha condenado a los descendientes de los desaparecidos en la Guerra Civil que tienen que “ir juzgado por juzgado buscando los cuerpos de sus seres queridos”.

Para el próximo pleno, el diputado someterá a votación una moción que, precisamente, instará al Gobierno a retocar la ley para facilitar las exhumaciones.

El ministro de Justicia omitió cualquier referencia al proceso contra el juez Baltasar Garzón por investigar el franquismo. No lo hizo Herrera, quien aseguró que es un “proceso que ensucia de nuevo la memoria y condena las aspiraciones de Justicia”, y que se ha abierto, entre otras cosas, porque algunos han confundido la Ley de Amnistía de 1977 con una ley de “punto final”.

Justicia cierra el mapa informático de fosas sin las comunidades del PP

Hay 1.793 excavaciones a falta del recuento total de Andalucía y Cataluña

J. CASQUEIRO / L. R. AIZPEOLEA El País29/04/2010

El rastro de la tragedia. Fosas de la Guerra Civil señaladas por las ocho comunidades que participan en el mapa elaborado por el Gobierno.

“Puedo adelantarle que muy pronto podremos ver a la luz ese mapa con un aplicativo informático accesible para todos los ciudadanos de este país y que, además, según tengamos mayor información y se nos suministre, se irá actualizando, día a día, de manera permanente”. Así zanjó ayer en el Congreso el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, el debate sobre el balance de las actuaciones del Gobierno sobre la ley de Memoria Histórica. Se refería Caamaño al mapa integrado de fosas, previsto en el artículo 12.2 de esa ley, y que se está cerrando en estos días con las comunidades autónomas que han firmado los convenios de colaboración con el ministerio. Todas las comunidades, menos las gobernadas por el PP.

El Ejecutivo tiene listo ese mapa desde hace días y su presentación pública se producirá en breve. Cuestión de semanas. Habrá una página web pública y abierta, a la que los interesados podrán recurrir para conocer la localización casi exacta de cada fosa. A día de ayer estaban perfectamente registradas 1.793 excavaciones. Tan localizadas como para saber su latitud y longitud exactas. La web no facilitará esas coordenadas para evitar problemas, porque algunas de esas fosas están ubicadas en fincas o propiedades privadas. Pero sí se detallarán los municipios.

El dato final del mapa de fosas ascenderá algo sobre esa cifra, porque faltan por cerrar con las asociaciones de memoria algunas excavaciones de Cataluña y Andalucía. Pero con esas comunidades no está habiendo ningún tipo de problema de colaboración. Y en este asunto, después de varios años de debate y retrasos en el cumplimiento de la ley, lo que se pretende ahora es primar el rigor antes que la precipitación.

Los problemas se están registrando con las comunidades gobernadas desde el PP. El pasado 25 de enero, Justicia firmó convenios específicos de colaboración con las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Cataluña, Cantabria, Extremadura y el País Vasco.

En el ministerio lamentan la nula cooperación hasta ahora de los Ejecutivos autonómicos del PP. Tanto cuando se les ofreció firmar los convenios de colaboración para el mapa de fosas como cuando se les requirió para suscribir el protocolo de exhumaciones, ninguna de las comunidades gobernadas por el PP siquiera contestó. Y especialmente significativo ha sido el desinterés del Ejecutivo de Madrid, dirigido por Esperanza Aguirre. En este caso, han sido las asociaciones de memoria histórica en esta región las que han facilitado datos más o menos precisos de más de 40 localizaciones.

“No se trata de exhumar la venganza, sino de reparar el daño que se haya podido causar”, ha subrayado Francisco Caamaño para justificar la aceleración que se quiere imprimir ahora a estas actuaciones, tras unos años de titubeos y de diferentes posiciones internas en el Gobierno. Y también para negar cualquier interés electoral o partidista, como el que ayer mismo le achacó la secretaria general de PP. María Dolores de Cospedal acusó en la Cope al Ejecutivo de “abrir heridas para sacar votos”. Y remachó: “Quizá una movilización ideológica de su electorado, volver a hablar de los unos y los otros, y volver a hablar de la Guerra Civil y de los de un lado y de los del otro, le puede dar rentabilidad política a Zapatero”.

* * * * *

Aguirre pone su Gobierno “a disposición de las víctimas, también de las del franquismo”

Rifirrafe entre el PSOE y el PP en el Pleno por las calles franquistas

La Comunidad de Madrid no asumirá el coste de abrir fosas comunes

La justicia argentina declara inconstitucional el indulto que Menem concedió al general Videla

El dictador y su ex ministro de Economía volverán a ser juzgados por el golpe de Estado de 1976, el secuestro de los dos empresarios y la desparición de un funcionario

El País28/04/2010

Jorge Rafael Videla, ex militar y dictador argentino, dentro de un vehículo de la policía de Argentina a su llegada a un juzgado para testificar en el caso de los niños robados a prisioneros políticos durante la dictadura militar argentina de 1976- 83- REUTERS

La Corte Suprema de Justicia Argentina ha declarado inconstitucionales los indultos que el Gobierno de Carlos Menem concedió al dictador Videla y a su ministro de Economía José Martínez de Hoz, por considerar imprescriptibles los delitos de lesa humanidad. Este fallo no modifica la situación de Videla, condenado a cadena perpetua en 1985 por crímenes de lesa humanidad, pero sí podría provocar la detención en las próximas horas de José Martínez de Hoz . Ambos volverán a ser juzgados por su participación en el golpe de Estado del 24 de marzo de 1976 y que dio paso a la dictadura, por el secuestro de los empresarios Federico y Miguel Gutheim y la desparición del funcionario del Ministerio de Economía Juan Carlos Casariego de Bel.

El ex presidente argentino Carlos Menem firmó en 1989 y 1990 dos tandas de indultos que beneficiaron a a más de 1000 personas, entre ellas represores, guerrilleros, imputados por delitos comunes, participantes de distintos levantamientos y los militares responsables de Malvinas .

El fallo dictado ahora por el alto tribunal argentino confirma decisiones judiciales anteriores y pertenece a la causa que investiga el secuestro de los Gutheim, propietarios de una empresa algodonera que estuvieron presos cinco meses entre 1976 y 1977 como medida de presión para que aceptaran un contrato de exportación beneficioso para el gobierno de facto. Durante su cautiverio, los Gutheim pasaron por dos cárceles de la capital argentina e incluso mantuvieron reuniones con funcionarios que intentaron presionarlos para concretar el negocio que pretendía la dictadura. Tras su liberación, los empresarios demandaron al Estado y en septiembre de 1990 fueron indemnizados con unos 16.000 dólares.

No será el único proceso que afrontará el dictador en los próximos meses. Videla y el dictador Reynaldo Bignone serán juzgados desde el próximo 20 de septiembre por la apropiación de 33 bebés durante el último gobierno de facto (1976-1983), en el marco de una causa conocida como “Plan sistemático de robo de bebés”. La causa fue instruida por el juez federal Norberto Oyaribe, quien el año pasado ordenó que Videla, el primero de los cuatro presidentes de la dictadura, cumpliera prisión preventiva en el penal de Campo de Mayo, a las afueras de Buenos Aires, en vez de hacerlo en su domicilio. Bignone, el último presidente del régimen militar, fue condenado la semana pasada a 25 años de cárcel por delitos de lesa humanidad cometidos en los denominados “años de plomo”, que causaron unos 30.000 desaparecidos.

Varela admite a trámite la recusación presentada por Garzón y se aparta del caso

El Supremo designará un magistrado para proseguir la causa y otro para estudiar las alegaciones del juez.- Garzón pide ahora que se expulse del proceso a Manos Limpias, lo que acabaría con la causa

El País28/04/2010

Luciano Varela, el juez del Tribunal Supremo que instruye la causa contra el magistrado de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por investigar los crímenes del franquismo, ha admitido a trámite la recusación que el magistrado presentó contra él por lo que, de momento, deberá inhibirse del caso.

Además, Garzón ha pedido que se expulse del proceso a Manos Limpias por haber presentado dos escritos de acusación corregidos y con defectos de forma. Si la defensa del juez de la Audiencia Nacional logra este último objetivo, la causa se quedará sin acusación y, por tanto, el proceso por haber investigado los crímenes del franquismo será directamente archivada.

En el caso de la recusación, la Sala de lo Penal del alto tribunal designará ahora un magistrado para continuar con la instrucción de la causa contra Garzón y otro para que estudie la recusación en sí. La base de esta, presentada el día 24, es el hecho de que Varela orientase a las dos acusaciones populares, Falange Española de las Jons y el pseudosindicato ultraderechista Manos Limpias, sobre la forma de presentar sus escritos de acusación contra el magistrado.

Los escritos, según el propio instructor, no se ceñían a los hechos e incurrían en valoraciones sobre circunstancias ajenas al proceso, por lo que les daba indicaciones y un plazo para acomodarlas a la legalidad.

Si el magistrado del Supremo no hubiera orientado a Manos Limpias y Falange, Garzón habría tenido la ventaja de afrontar dos escritos de acusación defectuosos, según el recurso. “Hasta tal punto son tenidos por inválidos que ambas acusaciones han sido requeridas, para salvar el trámite, a presentarlos de nuevo”, lo que cambia el escenario en perjuicio de Garzón “de forma grave e injustificada”.

Falange, finalmente, fue expulsada de la causa por errores de forma, decisión que ya ha sido recurrida.

En ocasiones anteriores, escritos con defectos similares originaron la expulsión irrevocable del procedimiento, como ocurrió con el PP en el caso Filesa.

Una vez formulada la recusación, se da traslado a las partes (en este caso, Manos Limpias) para que “en el plazo común de tres días” manifiesten si se adhieren o se oponen. En el siguiente día hábil, se debe pronunciar el juez recusado.

Una vez concluye ese primer plazo de tres días, se traslada inmediatamente (en la misma jornada o la siguiente hábil) al juez sustituto, que será designado entre los de la misma Sala según un turno establecido en función de la antigüedad. Si el magistrado designado tramita la recusación, el caso se trasladará a la Sala y se abrirá un plazo de diez días para practicar las pruebas pertinentes.

Luego, se trasladarán las actuaciones al Ministerio Fiscal, que tendrá tres días para emitir su resolución. Tanto si lo hace como si no, el incidente lo resolverá en los cinco días siguientes la Sala, sin que quepa recurso.

Freno a la suspensión del juez

La decisión de Varela deja en suspenso la suspensión de funciones a la que se enfrentaba Garzón en caso de que finalmente se le abriera juicio oral.

El presidente del Poder Judicial, Carlos Dívar, retrasó la semana pasada un viaje a Montevídeo para poder estar presente en caso de convocar dicho pleno extraordinario, y asegurar así el quorum necesario. Deben estar presentes al menos 14 de los 21 vocales; al viaje a Montevídeo tenían previsto acudir también el vicepresidente, Fernando de Rosa (que se ha apartado voluntariamente del asunto) y los vocales Antonio Dorado y Miguel Carmona.

Además, Margarita Robles también se ha apartado voluntariamente, y José Manuel Benitez lo hará previsiblemente. Queda por discutir la recusación planteada por Garzón contra Gemma Gallego por “enemistad manifiesta”.

* * * * * *