“Falange mató al 98% de los exhumados”, dice la asociación de víctimas

NATALIA JUNQUERA El País26/03/2010

“Francisco Correa y Falange. El acusado denuncia al investigador. Quien va a sentar a Garzón en el banquillo por investigar los crímenes del franquismo mató al 98% de las víctimas que hemos exhumado”, asegura Emilio Silva, presidente de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (ARMH). “Todo esto es muy triste. Hay familiares deprimidos por lo que le están haciendo a Garzón”. Otros, recuerda, han muerto esperando.

La asociación acusa de prevaricación a todos los jueces de primera instancia que, al ser alertados del hallazgo de restos humanos con signos de violencia (impactos de bala, huesos rotos…), no han visitado la fosa, “incumpliendo la Ley de Enjuiciamiento Criminal” y entregará al Consejo General del Poder Judicial un informe con sus nombres.

Daños colaterales

“Desde que se admitió a trámite la querella contra Garzón, presentamos 10 denuncias por hallazgos de restos humanos en distintas localidades. En siete ni nos contestaron. Los jueces territoriales ven lo que le han hecho a Garzón y no quieren líos. Pasará lo mismo con el PP. A ver qué juez se atreve a investigarles después de esto”, dice Silva.

Los familiares están deshechos y las organizaciones de derechos humanos de todo el mundo, perplejas. “Es curioso, la indignación es mayor fuera que dentro de España”, añade el presidente de la ARMH. La Asociación declaró ayer que el día que Garzón sea juzgado por abrir una causa contra el franquismo, su banquillo estará lleno de gente. “Nos sentaremos con él miles de hombres y mujeres que llevan décadas esperando justicia”. Están decididos a seguir luchando. “Llegaremos a Estrasburgo”.

Ganan los falangistas

Juzgar a Garzón por investigar el franquismo supone una aberración histórica difícil de explicar

26/03/2010 – El País (editorial)

El rechazo por la Sala Segunda del Tribunal Supremo del último intento de Garzón de desactivar las querellas del sindicato ultraderechista Manos Limpias y de Falange Española sitúa al juez a un paso del banquillo de los acusados. A la aberración histórica de que los crímenes del franquismo se vuelvan desde el ominoso pasado contra el juez que intentó abrir una causa penal sobre ellos se añade la jurídica de considerar ese intento como un acto prevaricador. La previsible apertura del juicio oral, tras remover el Tribunal Supremo el obstáculo que lo impedía, llevará a la suspensión automática de Garzón en sus funciones y a su expulsión de la Audiencia Nacional.

Cómo puede ser prevaricadora una actuación judicial que, por más controvertida que sea, se sitúa dentro de la amplia autonomía del juez penal en la averiguación del delito, no ha sido explicada suficientemente por el instructor Varela, y no tendrán fácil argumentarla sus compañeros del Supremo por más avezados que estén en razonamientos jurisprudenciales. Insisten de nuevo en que no es “arbitraria, ilógica o absurda” la hipótesis prevaricadora. Pero, ¿no cabría decir lo mismo de la hipótesis contraria: la no prevaricadora? No es arbitrario, ilógico o absurdo mantener que Garzón actuó dentro de unos márgenes jurisdiccionales que hacen creíble y razonable esa hipótesis y que, por ello, debieron ser rechazadas unas querellas que interfieren dolosamente en la actividad jurisdiccional.

¿Debería Garzón haber rechazado de plano las denuncias de familiares de víctimas del franquismo que yacen todavía en fosas comunes presumiblemente por causa de actos delictivos? Presumiblemente, porque nunca hubo averiguación de los hechos, ni tampoco consta en los registros oficiales certificación alguna sobre el fallecimiento y sus causas. No habría sido el proceder correcto de un juez penal. Si las denuncias son o no infundadas; si los hechos son o no delictivos, han prescrito o están amnistiados, son cuestiones a dilucidar en el procedimiento. Igual sucede con la competencia. Todavía está pendiente de dilucidar si las diligencias sobre apertura de fosas corresponden a juzgados del lugar o a la Audiencia Nacional. Y quien tiene que hacerlo es el Tribunal Supremo: el mismo que parece haber prejuzgado el asunto actuando contra una de las partes. ¿Cómo habría que tipificar esta actuación?

Por si fuera poco, la causa contra Garzón ha permitido a un partido de corte fascista como Falange Española y de las JONS -¿o hay constancia de que se haya desligado de su doctrina fundacional sobre la “dialéctica de los puños y las pistolas” como instrumento de acción política?- se declare “ofendido” por un simple amago de investigación de crímenes que el propio Varela denomina “horrendos”. ¿Puede el máximo tribunal de un Estado democrático dar amparo a una pretensión que muchos españoles de hoy consideran ultrajante y difícilmente compatible con los valores democráticos?

El Supremo autoriza el juicio a Garzón por investigar los crímenes franquistas

Los mismos magistrados que admitieron las querellas de Manos Limpias y de Falange serán previsiblemente los que le juzguen y dicten la sentencia

JULIO M. LÁZARO El País26/03/2010

El magistrado Baltasar Garzón conversa con periodistas tras una conferencia ayer en Sevilla.- ALEJANDRO RUESGAEl Tribunal Supremo rechazó ayer el recurso de apelación del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón contra la negativa del magistrado instructor de la Sala Penal, Luciano Varela, a sobreseer el proceso abierto por la investigación de los crímenes del franquismo, lo que en la práctica da luz verde a este último para sentar en el banquillo a Garzón y someterle a juicio. El auto del Supremo, redactado por el magistrado ultraconservador Adolfo Prego, rechaza entrar en el fondo del asunto para no “contaminarse”, lo que apunta a que será la misma sala que admitió las querellas de Manos Limpias y Falange Española de las JONS la que juzgaría por prevaricación a Garzón.

Si el auto del juez Luciano Varela tenía ya los tintes de una sentencia anticipada, el dictado ayer por la Sala Penal casi viene a anticipar la condena del juez por delito de prevaricación. Prego enaltece con entusiasmo “la muy técnica y bien construida motivación” del instructor, su “acertado” razonamiento, su “precisión” al recoger la jurisprudencia de la Sala, o la “razonable motivación” del auto de Varela contra Garzón.

Por el contrario, las alegaciones de Garzón son “prematuras” y sus resoluciones, según la valoración del instructor Luciano Varela, aparecen como “intencionadamente contrarias a las leyes e incompatibles con cualquier interpretación razonable de ellas”.

El auto de la Sala dice que “no prejuzga la existencia o no del delito”, pero aprecia que “no hay certeza sobre la inexistencia del delito, ni es arbitraria, ilógica o absurda una posible calificación acusatoria por prevaricación”.

La Sala que respalda el “control de legalidad” del juez Varela está integrada por el presidente de la Sala Penal, Juan Saavedra, el ponente Adolfo Prego y los magistrados Joaquín Giménez, Francisco Monterde y Juan Ramón Berdugo. En uno de sus fundamentos señalan que si se ocuparan ellos de la función valorativa del instructor, incurrirían en un “prejuicio contaminante”.

Fuentes del Supremo señalaron que este párrafo evidencia la intención de Prego y los otros magistrados de ser ellos mismos los que juzguen a Garzón por investigar los crímenes del franquismo. Es decir, que sería la misma sala que admitió las querellas de Manos Limpias y Falange Española de las JONS la que juzgase al juez querellado, contrariamente a lo que sucede en las demás jurisdicciones y en lo que ha venido sucediendo hasta ahora en el Supremo.

Sin embargo, las fuentes consultadas señalaron que un reciente acuerdo de la Sala de Gobierno del Supremo, de 11 de enero de 2010 (BOE de 1 de marzo), cuando ya estaba admitida la querella contra Garzón, establece esa posibilidad, al especificar que “el Tribunal que habrá de conocer las causas especiales resolverá sobre su admisión a trámite y, en su caso, las enjuiciará”. Eso no sucede con los recursos de casación ordinarios, en los que, según el mismo acuerdo, se reasigna a los ponentes, ni en los de revisión, de cuya tramitación se excluye expresamente a la sala de admisión.

En definitiva, parece que será la misma sala que ahora ha revisado y avalado la legalidad del auto de Luciano Varela la que se reserva para juzgar a Garzón, y el magistrado Adolfo Prego, patrono de honor de la fundación ultraderechista Defensa de la Nación Española (Denaes), el que redactará la sentencia sobre si Garzón prevaricó al investigar los crímenes del franquismo.

Fuentes judiciales significaron que el auto del Supremo podría haber incurrido en “incongruencia omisiva”, al no resolver ninguna de las peticiones formuladas por el abogado de Garzón, Gonzalo Martínez-Fresneda. En efecto, el auto no contesta a la petición de pruebas de la defensa más allá de que los argumentos de impugnación que pudieran “cuestionar una hipotética condena por prevaricación” no desvirtúan los que bastan para justificar el proceso. El auto, según las fuentes consultadas, serviría tanto para el proceso a Garzón como para cualquier otro. A partir de ahora, el instructor Luciano Varela tendrá que decidir si acepta o no las pruebas solicitadas por la defensa de Garzón o si, en su caso, transforma el procedimiento para abrir el juicio oral y sentar a Garzón en el banquillo.

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La democracia incompleta

VICENÇ NAVARROPúblico – 25/03/2010

Ilustración de Mikel Jaso.

Una de las lecturas sesgadas que se hace de nuestra historia reciente y que ha dominado la sabiduría convencional del país es que la transición de la dictadura a la democracia en España fue modélica, pues permitió pasar de un régimen dictatorial a un sistema democrático, homologable al de cualquier otro país europeo, sin que ocurrieran mayores convulsiones en el país. Tal visión de lo que fue la transición es, sin embargo, errónea. No sé si podría haber ocurrido otro tipo de transición, pero lo que me parece evidente es que de modélica tuvo poco, pues la democracia existente en España –resultado de la transición– es extraordinariamente limitada, lo cual explica muchas cosas, incluyendo el enorme retraso del Estado del bienestar en España. Todavía hoy, España es uno de los países que tienen un gasto social público como porcentaje del PIB más bajo de la UE-15, el grupo de países de semejante nivel de desarrollo económico al nuestro.

El hecho de que la democracia sea incompleta y el Estado del bienestar sea tan insuficiente se debe al enorme dominio que las fuerzas conservadoras tuvieron en aquel proceso de transición y que continúan teniendo en la vida económica, política y mediática del país. Tal dominio aparece, entre otros indicadores, en la continuidad de personas procedentes del régimen dictatorial anterior en la cúspide del aparato del Estado, desde la monarquía y el ejército a la judicatura. Una consecuencia de esta situación es el hecho de que el Tribunal Supremo de España, la máxima autoridad judicial del país, no ha llevado a los tribunales a ninguna persona, perteneciente al régimen anterior, responsable de las enormes atrocidades llevadas a cabo por aquel régimen (incluyendo a los más de 150.000 asesinados, cuyos cuerpos no han aparecido). En realidad, el único que parece ser que va a ser penalizado ha sido un juez, el juez Garzón, que intentó llevar a los tribunales a los responsables de tales asesinatos, ayudando, además, a los familiares de los desaparecidos a encontrar a sus muertos.

Y para mayor ofensa a cualquier persona con un mínimo de conciencia democrática, a este hecho se le suma que el presidente del Tribunal fue un colaborador de aquel régimen, que juró en su día lealtad al movimiento fascista (el Movimiento Nacional), y que la denuncia al juez Garzón ha sido protagonizada por la Falange, heredera de aquel régimen. Esta situación vergonzosa es impensable en la Europa democrática. Lo que ocurre en España es comparable a que en Alemania el Partido Nazi (prohibido en aquel país) llevara a los tribunales al único juez que hubiera intentado llevar al régimen nazi a los tribunales por sus atrocidades, siendo juzgado por el Tribunal Supremo alemán, presidido por un juez que había jurado lealtad al nazismo. El escándalo internacional sería enorme. Pues esto es lo que está pasando en España.
Otro ejemplo del dominio conservador es el blindaje mediático del monarca y de la monarquía, que alcanza niveles extremos, no permitiéndose críticas a la institución y al que la dirige en los medios de información y persuasión de mayor difusión del país, que constantemente promueven al monarca y a la monarquía vetando voces republicanas. Las televisiones, tanto públicas como privadas, han estado promocionando la figura del rey en varios programas que silenciaron cualquier voz crítica del monarca o de la monarquía. Estos programas propagandísticos de la monarquía son frecuentes en los medios televisivos, radiofónicos y escritos de mayor difusión del país. Mientras, voces críticas con sensibilidad republicana son sistemáticamente excluidas o encuentran grandes dificultades en expresarse en tales medios.
La prensa en Catalunya ha publicado la noticia de que un documental preparado para la televisión pública catalana que presenta voces republicanas junto con voces monárquicas en un debate sobre los méritos y deméritos de tal institución está encontrando serias dificultades y retrasos en su presentación, habiéndose cancelado su emisión a pesar de haberse anunciado en su programación.

Estos y otros hechos cuestionan la imagen de que la monarquía es una monarquía constitucional homologable a las monarquías existentes en Europa (imagen tan promovida por los medios de mayor difusión). El blindaje a la crítica de la monarquía se debe a que el establishment conservador tiene plena conciencia de que la monarquía es el lazo que une el entramado conservador que domina el país. Las críticas a la monarquía por parte de la ultraderecha la benefician, pues le permiten presentarse como una monarquía centrada (como algunas voces de la izquierda confusa también la presentan). Este blindaje se debe al temor de que el entramado pueda deshacerse. En realidad, si estuvieran seguros de la fortaleza de su dominio, permitirían una mayor diversidad ideológica. El hecho de que no lo permitan es un indicador de su falta de fortaleza. Y de ahí derivan las enormes limitaciones de la democracia.

Una última observación. Cuando se produjo el golpe militar del general Pinochet en Chile, la BBC (la televisión pública británica) hizo y mostró una película (A Very British Coup, BBC), que mostraba que si un gobierno laborista en Gran Bretaña hubiera querido hacer las reformas que hizo el presidente Allende en Chile (al cual tuve el enorme privilegio de asesorar), habría habido un golpe de Estado en Gran Bretaña liderado por la monarquía. Fue uno de los programas más vistos en aquel país. Comparen este comportamiento con el de las televisiones públicas y privadas en España, que no permiten ninguna crítica a la monarquía o dificultan su expresión. ¿Es esto democracia?

Vicenç Navarro es catedrático de Políticas Públicas de la Universidad Pompeu Fabra y profesor de Public Policy en The Johns Hopkins University

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En el blog del prof. Navarro encontraréis más artículos sobre la Transición y la memoria histórica.

“Acusar de prevaricación al juez da ideas a países no democráticos”

J. M. LÁZARO El País24/03/2010

Louis Joinet, magistrado y abogado general emérito de la Corte de Casación Francesa y antiguo Relator Especial de Naciones Unidas, es uno de los integrantes de la misión de solidaridad con el juez Baltasar Garzón organizada por la Federación Internacional de Derechos Humanos. Afirma que él no ha venido para juzgar a la Justicia en España, sino porque defender ahora a Garzón es una “cuestión de principios” y porque le parece paradójico que en un proceso al franquismo al final el procesado sea el juez que lo investigó.

Pregunta. ¿Había conocido usted algún otro caso similar a este?

Respuesta. Hace 20 años, la evolución del Derecho Internacional no habría permitido un caso semejante pero ahora, en América Latina, en Europa, en África, la evolución del Derecho Penal Internacional pasa por investigar y aplicar la justicia allí donde se hayan cometido crímenes graves contra la Humanidad. El papel fundamental en esa evolución fue el caso Pinochet. La situación de Garzón es muy grave por otra razón: en el mundo, en algunos países, los Gobiernos no tienen aprecio por los jueces independientes que investigan por el derecho de las víctimas a la verdad. España es sin duda un país democrático, pero la utilización del delito de prevaricación puede suponer un grave precedente y dar ideas a los dirigentes de países no democráticos.

P. ¿Cree que se puede investigar el franquismo a la luz del Derecho Internacional?

R. En el pasado, el objetivo de la Justicia era identificar a los autores buscando su incriminación o buscar pruebas para un proceso equitativo. Ahora, la Justicia internacional además del objetivo clásico de identificar a los autores, tiene el objetivo de reparación a las víctimas de las desapariciones. Las víctimas tienen derecho a conocer la verdad, qué pasó, cómo y cuándo. Probablemente, todos los autores están muertos, pero las víctimas siguen existiendo y tienen derecho a saber.

P. ¿Usted llevó algún asunto en el que tuviese que investigar desapariciones?

R. Yo fui el segundo juez instructor en el affaire Ben Barka [el disidente marroquí secuestrado en París en 1965 y torturado hasta la muerte en Francia, cuyo cadáver nunca apareció].El general Ufqir y otros secuestradores están muertos y otros fueron condenados, pero el cuerpo de Ben Barka ¿dónde está? Aún hoy, 45 años después, hay un juez instructor en Francia que prosigue las investigaciones del paradero de Ben Barka. Y para su hijo, es fundamental saber dónde está el cuerpo.

P. ¿Qué imagen tiene en Europa el Tribunal Supremo español?

R. Conozco la Justicia española desde los tiempos de Franco. Creo que el Tribunal Supremo español es democrático, pero tiene un problema de formación de los magistrados. Ahora, con la globalización mundial, el juez tiene la obligación de tener en cuenta el Derecho Internacional.

La justicia y los ciudadanos

ROSA REGÀS, ARIEL DORFMAN, JOSÉ LUIS SAMPEDRO, (80 firmas más y el apoyo del Robert F. Kennedy Center for Justice and Human Rights de Washington) El País – 24/03/2010

Con enorme respeto leemos las declaraciones del presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en defensa de los magistrados de la Sala de lo Penal y queremos acogernos a su propio deseo: “No podemos quebrar”, dice la máxima autoridad judicial, “ese conducto que une a los ciudadanos con la Justicia porque esa confianza en las instituciones es absolutamente necesaria para administrar una justicia recta e imparcial”. Los ciudadanos compartimos enteramente esa preocupación.

En el caso específico del juez Baltasar Garzón, lo que los ciudadanos asumen es el hecho de que por mor de la investigación de dos de los delitos más graves que pueden dañar un sistema democrático, los crímenes contra la humanidad perpetrados en nuestro pasado reciente y la corrupción introducida en estamentos públicos de la nación, se produzca la perversa paradoja de que los presuntos delincuentes erigidos en acusadores conviertan al juez que los investiga en reo.

Por otra parte, los ciudadanos leen en la prensa los nombres propios y apellidos de compañeros del juez Garzón que le profesan conocida y pública animadversión y que, sin embargo, toman parte activa en el procedimiento para su inhabilitación profesional. En respuesta a esta situación, que a muchos parece anómala, tanto los medios de comunicación como eminentes juristas y personalidades españolas y extranjeras hablan de “acoso contra el juez Garzón” y los ciudadanos se afanan en expresar su apoyo y solidaridad.

Las dimensiones de inconcebible acumulación que está tomando el caso, hacen temer que éste pueda llegar hasta los tribunales internacionales.

Una larga y representativa lista de personas de la cultura hemos expresado nuestra preocupación por la gravísima situación que se derivaría de un probable “largo apartamiento” del magistrado Baltasar Garzón de sus funciones; sobre todo porque la sociedad identifica y agradece su dedicación y su lucha contra la delincuencia, el terrorismo y la corrupción económica y política sin distinción de ideologías.

Por eso, reiterando el máximo respeto a las instituciones de la Justicia y para que no se quiebre la confianza deseada, ponemos en ellas la máxima esperanza de que el caso Garzón se resuelva a favor del Derecho en un país en democracia y en contra de la impunidad de los graves delitos perseguidos por el magistrado. Nuestra solidaridad con él se basa en ese mismo espíritu.

El juez Garzón y la elegía

FANNY RUBIO – El País –  21/03/2010

Desde que Jorge Manrique escribiera las Coplas de pie quebrado a la muerte de su padre, la elegía es seguramente el género más aceptado de nuestro bagaje cultural. Los pueblos conjuran desde antiguo la muerte con el canto por los que se han marchado y hasta los animales tienen maneras que un zoólogo podría explicar para compartir ritualmente la muerte de sus iguales. En nuestra cultura contamos con grandes elegías-río que han pasado a formar parte de la literatura: el Arcipreste de Hita, Espronceda, García Lorca, Miguel Hernández, León Felipe o Luis Cernuda inmortalizaron a Trotaconventos, Teresa, Sánchez Mejías, Ramón Sijé y otros.

No existe idioma sin plantel elegíaco, no hay democracia que no cante a sus muertos de guerra, pues ellos sacralizan el espacio común. Por eso es triste que la elegía pendiente de nuestras víctimas del franquismo y su reparación por parte de la Justicia puedan acabar en un borrón que difumina ciento catorce mil nombres de desaparecidos en las cunetas de nuestra tierra, si se corta la mano -como en las tiranías que rechazamos cada día- de quien osó levantar el velo ignominioso. ¿Hay que exigirle a un juez que no se conmueva por tanto dolor infligido, que no mueva un folio y escriba, a su manera, la elegía? ¿Existe la fórmula jurídica que pueda enjugar las últimas lágrimas pendientes de los que se quedaron en el mayor desvalimiento, y reconocer en nombre de un Estado democrático el sacrificio de tantas vidas arrebatadas que permanecen en el más cruel anonimato? ¿Puede la Justicia encogerse de hombros cuando lee testimonios fehacientes relativos al robo de treinta mil menores arrancados a sus madres republicanas a lo largo de dos decenios, niños de ayer que hoy desconocen su identidad original cuando los saludamos en nuestro trabajo, en la peluquería o en el supermercado?

Si quienes velan por el Estado de Derecho entonan la “antielegía”, es decir, la negación documentada de la reparación, el olvido de las víctimas y el desprecio al dolor infligido, pervivirá la mutación histórica de una cadena de generaciones españolas crecidas en el engaño. ¿Es eso lo que se persigue? La magistrada Margarita Robles, vocal del Consejo del Poder Judicial, en un escrito oficial en que anuncia su inhibición del proceso de suspensión abierto al magistrado Baltasar Garzón que la recusa, utiliza licencias más propias de un ejercicio escolar que de un documento jurídico de inhibición, empleando un “tú más”, o “tú antes que yo” al llamar a la recusación por “enemistad manifiesta” de que es objeto, “especulaciones y disertaciones literarias”, es decir, boberías propias de escritores, profesores o críticos creadores de elegías.

Sin embargo, la Justicia es compatible con la práctica literaria, como sucede en el documento de la instrucción que da trámite a la querella contra Baltasar Garzón, donde se hacen referencias coloquiales al “artilugio jurídico montado” por el único juez que ha osado levantar el velo de la impunidad del franquismo. Baltasar Garzón es retratado en su celo profesional como si hubiese sido afectado por una suerte de bulimia hiperactiva. ¿Es lógico asombrarse de que el hoy querellado juez pida asesoramiento a un grupo de expertos? ¿Es por ello por lo que éste tiene “motivos ocultos”, o tal vez cierta bulímica actividad “pretendidamente investigadora”? En nuestro país, abundoso en elegías que honran a quienes ya no están, ¿pudiera caber, no obstante, el vilipendio añadido a un ciudadano cercado por alianzas contra-natura, adivinado inquisitorialmente en sus más íntimos pensamientos y acusado en su “momento culminante de antijuricidad”, como relata el documento inculpatorio?

No hacía falta referirse al franquismo como hecho barroco de “brutales efectos de aquel plan de los asesinos y torturadores”, cuando leemos todos los días que está probado por la justicia internacional que se llama, sencillamente, “crimen contra la humanidad”. Sin embargo, lo de “brutal efecto de aquel plan de asesinos y torturadores”, que el documento instruido por el magistrado Varela señala como propio de aquella detestable posguerra, nos aleja demasiado, por hiperbólico o truculento, de una realidad de la que parten desgraciadamente las terminales nerviosas de una compleja gama de españoles, situados entre el silencio y la exigencia de verdad, y en la que permaneceremos enrocados, per secula seculorum, si tiene lugar la “ejemplarizante” inhabilitación de un juez por un delito que el Ministerio Fiscal no reconoce.

A veces convendría retornar, de la novela negra tomada por los pelos al arte que conmueve, a los ojos abiertos de quienes, pese a lo peor, resistieron hasta el final dignificando la memoria de todos y a quienes el más alto tribunal de su país podría negar en breve el juez y la elegía.

Fanny Rubio es escritora y catedrática de Literatura Española de la Universidad Complutense de Madrid.

Human Rights Watch critica la Ley española de Amnistía

La organización de derechos humanos sale en defensa del juez Garzón

CARMEN PÉREZ-LANZAC El País19/03/2010

Si desde España asociaciones de jueces y de derechos humanos miran con incredulidad el proceso abierto contra el juez Baltasar Garzón, desde una de las mayores organizaciones internacionales de protección de los derechos humanos también. Human Rights Watch (HRW) ha salido hoy en defensa del Magistrado de la Audiencia Nacional, que actualmente tiene tres querellas pendientes en el Tribunal Supremo y al que el Consejo Superior del Poder Judicial estudia suspender de manera cautelar. Según la organización no gubernamental, “las autoridades españolas deberían cumplir la recomendación de las Naciones Unidas de poner fin a la Ley de Amnistía de 1977, en lugar de investigar a un magistrado que busca la rendición de cuentas por los abusos del pasado”.

“Los tribunales españoles, que se han distinguido por no investigar denuncias de delitos aberrantes cometidos en el pasado, curiosamente hoy están siendo activos en la investigación de un magistrado que buscó impulsar la rendición de cuentas por esas atrocidades”, dice José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch. “Desde HRW estábamos preocupados por los ataques contra el juez Garzón”, explica Reed Brody, consejero jurídico y portavoz de la organización internacional. “Muchas de las cuestiones que se están investigando se salen de nuestra esfera, como la politización de la justicia española o el tema de los pagos del Banco Santander”, dice el experto en justicia internacional sobre las querellas que penden sobre el juez. “Pero tenemos claro que nos preocupa que un juez que tanto ha hecho por la justicia en el mundo, cuando decide centrar su atención en las injusticias cometidas en su propio país, se vea bajo ataque. Nunca pensamos que estas querellas llegarían tan lejos como para poner en peligro su carrera profesional, por eso hemos decidido pronunciarnos. Y porque tenemos claro es que una ley de amnistía no puede eliminar la posibilidad de perseguir crímenes de lesa humanidad”.

El comunicado hecho publico hoy por Human Rights Watch expresa el punto de vista de esta organización sobre el caso abierto contra el juez: “Baltasar Garzón está siendo investigado penalmente por indagar 22 casos de presuntas detenciones ilegales y desapariciones forzadas de más de 100.000 víctimas, ocurridas entre 1936 y 1951. Los tribunales españoles han impedido sistemáticamente las investigaciones sobre abusos cometidos durante la guerra civil que sufrió el país (1936-1939) y la dictadura del General Francisco Franco (1939-1975), invocando una ley de amnistía de 1977 que se aplica a todos los delitos ‘de intencionalidad política’ cometidos antes de diciembre de 1976. Uno de los principales argumentos en contra de Garzón es que en su investigación sostuvo que la ley de amnistía no se aplicaba a los delitos de lesa humanidad. El Tribunal Supremo está llevando a cabo una investigación penal para determinar si Garzón incurrió en el delito de prevaricación. Un magistrado del Tribunal Supremo afirmó que Garzón no había aplicado la ley de amnistía de 1977 a los casos de desapariciones forzadas, y que no existen fundamentos de derecho internacional para impedir que estos delitos se beneficien de la ley de amnistía. Garzón apeló esta decisión y la apelación se encuentra pendiente. Conforme al derecho internacional, los gobiernos tienen la obligación de garantizar a las víctimas de violaciones de derechos humanos un recurso efectivo, incluidas la justicia, la verdad y reparaciones adecuadas”.

Human Rights Watch recuerda que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos determinó el año pasado, como principio general, que las leyes de amnistía son generalmente incompatibles con la obligación de los estados de investigar los actos de tortura o barbarie. La organización reconoce además la contribución del Magistrado Garzón para obtener justicia en el caso del dictador chileno Augusto Pinochet o en la extradición desde México del ex militar argentino Ricardo Miguel Cavallo.

“La interpretación rigurosamente ajustada al derecho internacional realizada por Garzón ha ayudado a promover la justicia por violaciones graves de derechos humanos cometidas en otros países”, dice Vivanco. “Es irónico que España no esté cumpliendo con los estándares que Garzón ayudó a hacer cumplir en el extranjero”.

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El vicepresidente del Poder Judicial cree que habría que suspender a Garzón de forma “automática”

El juez Varela rechaza practicar las pruebas pedidas por Garzón hasta que el Supremo resuelva la apelación

El magistrado imputó al juez de la Audiencia Nacional por prevaricación por investigar los crímenes del franquismo

JULIO M. LÁZARO El País08/03/2010

El juez del Tribunal Supremo Luciano Varela, que ha imputado un delito de prevaricación al magistrado de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por investigar los crímenes del franquismo, ha decidido no pronunciarse sobre las pruebas solicitadas por Garzón hasta que el Supremo resuelva el recurso de apelación contra la continuación del procedimiento, según un auto notificado hoy. El juez Varela ha tardado un mes en contestar a la petición de pruebas.

Entre las pruebas solicitadas por el abogado de Garzón, Gonzalo Martínez-Fresneda, figura la declaración de juristas internacionales, como la fiscal del Tribunal Penal Internacional Carla del Ponte, que acusó a Slodoban Milosevic; el juez chileno Juan Guzmán, que abrió procesos a Pinochet; Eugenio Raúl Zaffaroni, uno de los jueces que declaró inconstitucional la ley de punto final en Argentina; Hugo Relva, coordinador de justicia de Amnistía Internacional; Sergio García Ramírez, magistrado de la Corte Internacional, y Eduardo Freile, presidente de la Cámara Federal de Buenos Aires y autor de resoluciones contra las leyes de punto final en Argentina.

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El juez Varela recaba el respaldo del Supremo para liquidar a Garzón